Las lesbianas a quienes negaron la reproducción asistida: ‘Hemos sufrido discriminación de Estado’

V. y T. unen sus manos formando un corazón. El matrimonio de mujeres homosexuales no quiere revelar su identidad

V. y T. unen sus manos formando un corazón. El matrimonio de mujeres homosexuales no quiere revelar su identidad. ANTONIO HEREDIA

Tania y Verónica viven entre adjetivos en mayúscula, «estamos desbordadas», «nos sentimos expuestas», «la orden ministerial es retrógada y debe ser derogada», «nuestro instinto es maternal, como el de tantas mujeres»…

Traen a la entrevista esa mezcla de festejo y vértigo que inyectan en el ánimo los acontecimientos históricos, sobre todo si uno los protagoniza. O una. O dos.

Porque ellas, que son pareja desde hace ocho años y que nunca fueron el centro más que de sí mismas, son las responsables de una sentencia pionera en España que condena a la Fundación Jiménez Díaz y a la Comunidad de Madrid por discriminarlas por razón de orientación sexual en un proceso de reproducción asistida. Son las causantes del fallo de un juzgado que abrirá a la maternidad a miles de lesbianas y de mujeres solas que podrán sortear una orden del Ministerio de Sanidad «discriminatoria» (lo dice la sentencia) que sólo permite esa fecundación de laboratorio a quienes hayan fracasado «tras un mínimo de 12 meses de coito vaginal» (lo dice la orden).O sea, con hombre de por medio.

Verónica y Tania. Nadie en su trabajo sabe quiénes son. Ningún vecino sospecha qué han conseguido. Ni un solo medio de comunicación ha podido hablar con ellas. Viven lejos del ruido de la historia que han creado. Tanto que nos piden que las llamemos Verónica y Tania aunque no se llaman así.

– ¿Por qué aceptáis esta entrevista y por qué no queréis que se os reconozca?

– Porque queremos contar qué nos pasó y cómo vivimos esta sentencia tan importante, no sólo para nosotras, sino para otras mujeres. Y queremos anonimato porque tenemos mucho que perder. Tenemos miedo a la discriminación que nunca vivimos, porque sabemos que eso ocurre, que aún existe la homofobia… Queremos intimidad porque hemos visto mucha oposición a esta sentencia.

Tania y Verónica van de la mano por la calle desde hace ocho años, y hace tres que se casaron «para poder filiar a nuestros hijos, para ser madres legales». Tan grande era su run run de maternidad, su idea de familia por hacer, que empezaron un proceso de reproducción asistida en una clínica privada «nada más volver de la luna de miel».

Pero al poco tiempo supieron que la Fundación Jiménez Díaz era uno de los pocos centros en España que ofrecía ese servicio dentro del sistema público de salud.

Así, en septiembre de 2014 Tania inició en ese hospital madrileño el primer ciclode su buena esperanza. «Estuvimos muy agradecidas a la Fundación, porque ofertaba un servicio que nos parecía insdiscutible, pero que muy pocos hospitales públicos daban. Hicimos el primer ciclo, no hubo resultados positivos y nos citaron para un segundo tratamiento, en marzo de 2015».

Sin embargo, por sorpresa, el hospital les convocó muchos meses antes. Verónica: «Nos citaron el 28 de noviembre de 2014. Íbamos muy contentas por el adelanto. Hacíamos hasta cuentas del posible nacimiento si todo salía bien. Pero en cuanto entramos, la doctora nos dijo que, según la orden ministerial que se acaba de aprobar, no podían atendernos más, que no cumplíamos los requisitos». Tania: «Me quedé seca. Estaba en shock. En mi vida había pasado tanta vergüenza. Pero enseguida todo eso se convirtió en enfado. No me podía creer que nos estuvieran discriminando por nuestra orientación sexual, que no incluye al hombre».

Tania y Verónica se sacudieron la cabeza y pidieron por escrito al hospital la readmisión en el proceso de fecundación. Sin suerte. «Nos dijeron que debido a la orden del Ministerio estábamos fuera. A nosotras, que íbamos abrazadas por la calle, que nos habíamos casado, que vivíamos en un país respetuoso, de repente, pum, un golpe, un paso atrás. Igual ese país no era tan así. Igual nos habíamos creído una cosa que no era».

Las dos llevan camisas de colores en este 6 de octubre lleno de verano en Madrid. La ventana está abierta y la calle ocurre ajena a esta charla de derechos recuperados. Ellas miran los apuntes que tomamos y beben agua. Se respetan los turnos de palabra y hasta hablan una de la otra. Como Verónica, que dice que en aquellos días de noviembre Tania era un enfado absoluto. «Le removía la homofobia, la discriminación, quería denunciar. Yo no me lo creía, sabía que era una discriminación clara, pero pensé que no podía ser, que era tan increíble que se solucionaría. Y por supuesto apoyé la denuncia».

Pero, pese al carpetazo del hospital, el sonido de la maternidad seguía tarareándoles las tripas. Verónica: «Nos fuimos a una clínica privada porque no estábamos dispuestas a perder la ocasión de ser madres.El tiempo apremiaba». Tania: «Yo tenía 39 años y había que correr».

La vida de las dos se multiplicó en dos: el proceso de fertilización en la clínica privada y el proceso judicial contra la Administración Pública. Women’s Link Worldwide asumió la demanda de las dos mujeres y llevó a juicio a tres instituciones: la Fundación Jiménez Díaz, la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Sanidad.

El fallo del Juzgado de lo Social Número 18 de Madrid afirma que la interrupción del tratamiento «agravó el daño» psicológico de Tania. ¿Por qué? «Yo había estado en una psicóloga anteriormente porque me costaba aceptar que siento lo que siento. Mi entorno me repetía que yo no era diferente por querer a una mujer. Y esa expulsión del hospital me hizo volver al punto de partida: sí, eres diferente. Así que volví a la psicóloga. Fue duro. Y lo sigue siendo».

Meses después de la exclusión, en abril de este año, el hospital volvió a dar lasorpresa. Tania: «Un día recibí un mensaje en el móvil con una cita para mayo. Fui yo sola porque Verónica tenía trabajo. Yo iba muy preocupada y muy alucinada. No sabía por qué nos llamaban. La doctora me dijo que mientras se resolvía el tema con la Comunidad de Madrid, el hospital estaba llamando a todas las personas a las que había excluido del tratamiento. Habían pasado como cinco o seis meses desde la interrupción y volvimos al proceso. Estoy segura de que nos llamaron por la denuncia. Eso influyó. Seguro».

A veces se asienten y a veces se matizan. Verónica parece más informativa y Tania más reservada. «Es que te calientas y lo cuentas todo», suelta entre risas.

Durante mayo y junio de este año, Tania fue sometida a un segundo ciclo de fecundidad en la Jiménez Díaz. Tampoco hubo embarazo.

Pero, mientras, el embrión de la Justicia siguió creciendo y a mediados de septiembre todas las partes fueron a juicio. Y ahora, en este octubre de historia para ellas y tantas como ellas, nació una sentencia. Tania: «Nos calma que la sentencia nos dé la razón. Nosotras, que estuvimos siete años sin un solo ataque homófobo, de repente sufrimos una discriminación institucional, una discriminación de Estado. Y por fin un tribunal lo reconocía». Verónica: «Esa orden ministerial nos ofende. Es retrógada, obsoleta, anticuada, discriminatoria… Si ya hay distintos modelos de familia, no puede ser que haya algo que retrase tanto la Historia. Entiendo que es difícil de aceptar, pero para los homosexuales la reproducción sólo puede ser asistida. Es así. Y con esa orden, esa necesidad no está cubierta. Hay que derogar esa orden, el Ministerio tiene que eliminarla ya».

Es la orden de la infertilidad del «coito vaginal» como requisito para la reproducción asistida. Tania: «Parece que nuestra opción es un capricho, un antojo. Pero yo tengo el mismo instinto maternal que cualquier mujer heterosexual…». «… Y nuestra infertilidad viene de no acostarnos con hombres. Por eso debemos tener el mismo derecho que las mujeres que sí lo hacen», remata Verónica. Y vuelve Tania: «La gente es tolerante, pero tienes que andar justificando por qué reclamas ese derecho…». «… Porque además afecta a laSeguridad Social y la pagamos todos. Por eso hay más oposición», vuelve a coronar Verónica.

– ¿Qué será esta sentencia?

Verónica: «La sentencia va a ser la bomba. Es una satisfacción personal y colectiva, porque esperamos que sensibilice a la población y llegue a los políticos, que mueva conciencias para cambiar algo injusto». Tania: «Todo esto no está siendo fácil ; a mí me da bochorno, un poco de corte. Yo nunca había estado en un juicio. Me siento expuesta. Yo no quiero ser abanderada de nada, me gusta la intimidad. Todo esto me desborda».

Tania nos dice que está nerviosa por el texto que ustedes están leyendo, que nunca ha salido en un periódico y que tiene miedo a la homofobia de salón, a esa gente que no entiende la homosexualidad y se pone agresiva. Y en eso Verónica nos mira y le dice al cuaderno: «Sabemos que hay insultos e intolerancias. Incluso políticos que hacen leyes que discriminan. A mí me gustaría sentar a esa gente frente a mí para hablar. No de mal rollo. Yo me siento con ellos y se lo cuento».

Vulnerado el derecho fundamental de dos lesbianas a su reproducción asistida

Fundación Jiménez Díaz de Madrid

Fundación Jiménez Díaz de Madrid. SERGIO GONZÁLEZ

El hospital Fundación Jiménez Díaz y la Comunidad de Madrid han sido condenados por “vulnerar el derecho” de dos lesbianas “a no ser discriminadas por su orientación sexual” en un proceso de reproducción asistida. Y aunque ambos organismos interrumpieron el tratamiento basados en una orden ministerial que impide el acceso a estas técnicas a mujeres solas o lesbianas (sólo se permitirá la fecundación médica a quienes no se hayan quedado embarazadas tras un año de “coito vaginal”, es decir, con un hombre) y luego lo retomaron, el Ministerio de Sanidad ha sido absuelto. ¿Por qué? Porque el Ministerio “no tiene competencias en la prestación sanitaria”.

Lo cuenta todo una sentencia del Juzgado de lo Social Número 18 de Madrid, que estima parcialmente la demanda de la organización Women’s Link Worldwide y que habla de “daños morales y patrimoniales”, “vulneración de un derecho fundamental” y discriminación, aunque “escasa en el tiempo”, porque la mujer “tenía derecho a seguir sometida a tratamiento”.

La Fundación Jiménez Díaz ya ha anunciado que va a recurrir la sentencia “porque se limitó a aplicar una norma estatal vigente” y porque, como reconoce el fallo judicial, “no existió voluntad de discriminación”.

Mientras, el Ministerio se ha limitado a decir que “respeta” la decisión de la juez y, al menos de momento, no tiene intención de modificar la polémica orden llevada por el equipo de la entonces ministra Ana Mato al Consejo Interterritorial de Sanidad, que la aprobó tiempo antes.

La sentencia, que penaliza a la Fundación Jiménez Díaz, por la responsabilidad de la violación del derecho fundamental a la no discriminación y a la Consejería de Sanidad madrileña como responsable de la prestación de la asistencia sanitaria,es pionera en España. Es la primera vez que un tribunal condena a una institución por la orden ministerial de noviembre de 2014, un texto señalado como discriminatorio por muchos colectivos y partidos políticos durante el último año y ahora por los jueces. Tanto el hospital como la Consejería deberán indemnizar a la mujer de la pareja que se sometió a los tratamientos con 4.875 euros por el “agravamiento” del daño psicológico que le produjo el retraso de la atención sanitaria de fecundación y el patrimonial, derivado de los gastos que tuvo en una clínica privada a la que acudió “para evitar dilaciones”.

El tuétano de la cuestión estriba en la prioridad que el centro sanitario y la Administración autonómica dieron a una orden ministerial sobre una ley. La juez señala que la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Asistida, donde se establece el derecho a los tratamientos de reproducción asistida, “con independencia de su estado civil y orientación sexual”, es de rango superior a la Orden Ministerial y por lo tanto, según la sentencia, “las normas de rango inferior que se dicten no pueden ir en contra de lo dispuesto en la Ley, se deben aplicar las normas según la jerarquía normativa.”

La Orden Ministerial 2065/2014 publicada el 31 de octubre de 2014 y que el Ministerio de Sanidad distribuyó a las comunidades autónomas para su aplicación, excluye de los tratamientos de reproducción asistida a todas las mujeres sin una pareja masculina: “Ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo de 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos”. Para la juez, “al tener una relación afectiva con otra mujer, este hecho es imposible y se la discrimina por su condición sexual”. Por eso condena a la Fundación, “que debió interpretar la norma de acuerdo con la Ley” y a la Comunidad de Madrid, que es “responsable de la prestación sanitaria y la concertó con la Fundación”.

La historia de Verónica y Tania (nombres no verdaderos por su expreso deseo de preservación de la intimidad) arranca en abril de 2014, cuando una de ellas inició un tratamiento de reproducción asistida, continuado después en julio con otro de fecundación in vitro. Ese primer ciclo se cerró tras comprobar que no existían embriones que transferir.

La Fundación Jiménez Díaz citó a la mujer para marzo de 2015 con la intención de iniciar un segundo ciclo. Sin embargo, el propio hospital adelantó muchos meses la cita y en noviembre de 2014 llamó a la pareja para comunicarle oralmente que no podría iniciar el segundo ciclo por la aprobación de la orden ministerial.

Unos días después, en diciembre de 2014, las dos mujeres presentaron una reclamación por escrito en la que pidieron la continuación del tratamiento, la explicación de la negativa del centro y la entrega del expediente médico.

En enero de 2015 la Fundación les comunicó por carta, tanto a ellas como a otros pacientes, la imposibilidad de la continuación del tratamiento debido a la vigencia de la orden del Gobierno central.

Para “evitar dilaciones” en el proceso de fecundación, la mujer acudió a una clínica privada de Valencia, donde se sometió a pruebas de fertilidad e intervenciones quirúrgicas en enero, marzo y abril de este año, según refleja la sentencia.

En abril, la Fundación llamó a la mujer y le dijo que aun “a la espera de instrucciones por parte de la Comunidad de Madrid” la citaba para el 13 de mayo, un movimiento que repitió con otros casos. A partir de ahí, la mujer fue readmitida en el tratamiento, que, aunque no provocó embarazo, sí “mejoró la calidad del embrión”.

La sentencia sostiene que la Fundación no tuvo voluntad de discriminar por orientación sexual a la mujer, pero “de hecho se produjo esa discriminación”. Si bien, “escasa en el tiempo”, según la juez. Es decir, entre finales de noviembre de 2014, fecha en que se le comunica que no seguirá en tratamiento, hasta finales de abril de 2015, cuando se le dice a la mujer que podrá ser sometida al segundo ciclo unos días después. El fallo también afirma que no hubo mala fe en el hospital porque se informó rápidamente a la pareja (se adelantó el ‘no’ de marzo de 2015 a noviembre de 2014).

La Fundación Jiménez Díaz asegura que aun estando a la espera de instrucciones de la Comunidad de Madrid, se citó a la mujer para un segundo ciclo “por el beneficio de la paciente” y que sigue “pendiente de otro tratamiento”. Además, subraya que atiende “al margen de la condición sexual” de los pacientes y que lo hace “con el máximo respeto a la legalidad vigente”.

“Aunque la Fundación Jiménez Díaz había reiniciado nuestro tratamiento, decidimos seguir adelante con la demanda para que se reconociera la discriminación que sufrimos nosotras y para evitar que otras mujeres pasen por situaciones semejantes” han dicho Verónica y Tania al conocer la sentencia.

“Esta decisión sienta un gran precedente judicial porque es clara en afirmar que se debe interpretar siempre la norma de acuerdo con la ley de rango superior, y supone, además, una victoria para todas las mujeres que quieren acceder a este tipo de tratamientos de reproducción asistida, sin importar si tienen pareja masculina y sin importar su lugar de residencia” señala Glenys de Jesús, Directora Legal de Women’s Link , la ONG que llevó el caso a los tribunales, y añade “si bien la jueza no puede condenar al Ministerio de Sanidad, el espíritu de la sentencia no deja lugar a dudas sobre la necesidad de derogar o no tener en cuenta una ley de rango inferior que además es claramente discriminatoria”.

Condena por negar la inseminación a una pareja de mujeres

Una juez impone una sanción a la Comunidad de Madrid y a la Fundación Jiménez Díaz por vulnerar el derecho fundamental de la pareja a no ser discriminada

El juzgado de lo Social número 18 de Madrid ha condenado a la Consejería de Sanidad de Madrid y a la Fundación Jiménez Díaz por haberle interrumpido a una de las mujeres de una pareja de lesbianas el tratamiento de reproducción asistida al que estaba siendo sometida. El tribunal considera vulnerado el derecho fundamental de la pareja a no ser discriminada por su orientación sexual. Según la sentencia, que ha adelantado la Cadena Ser, la Comunidad de Madrid y el hospital tendrán que pagarles una indemnización de casi 5.000 euros por los daños morales y económicos que les causó.

La ahora exministra Ana Mato dictó en octubre de 2014 una orden ministerial que excluye a las mujeres solas y a las lesbianas de estas terapias de fertilidad financiadas de forma gratuita por la sanidad pública.

La mujer comenzó el tratamiento en la Fundación Jiménez Díaz de Madrid, y se sometió a un ciclo que no había logrado el embarazo. Un mes después de la publicación en el BOE de la orden ministerial de octubre de 2014 que desarrollaba el decreto de recortes sanitarios de 2012, las mujeres fueron informadas en el centro sanitario de que quedaban excluidas del programa de reproducción asistida. Tras sus quejas y la presentación de la demanda, en mayo de 2015 la clínica les informó de que reevaluaría todos los casos, con lo que están de nuevo en tratamiento.

Según la agencia EFE, la sentencia explica que la demandante se siente discriminada por la orden ministerial.

Para la jueza como no puede establecerse discriminación sexual por razones de la orientación sexual la mujer tenía derecho a seguir sometida al tratamiento.

Precisa que “no existía voluntad por la Fundación Jiménez Díaz de proceder a discriminarla por su orientación sexual pero de hecho se produjo esa discriminación, que cesó en abril de 2015 cuando la llamó igual que a otras personas a las que por distintos motivos se les había comunicado que estaban excluidas por aplicación de la orden”.

La magistrada aclara que la ley sobre técnicas de reproducción asistida establece el derecho a la asistencia de la misma con independencia de la orientación sexual y añade que las normas de rango inferior —como es una orden ministerial— no pueden ir contra lo dispuesto en aquella.

Las limitaciones a la prestación de la reproducción asistida derivan del real decreto de abril de 2012 que se dictó para recortar 7.000 millones en el gasto sanitario público. El texto restringía el acceso a estas técnicas a “aquellas personas con imposibilidad de conseguirlo [el embarazo] de forma natural”. Y se especificaba que esto podía deberse a “un trastorno documentado de la capacidad reproductiva” o a “ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos”. Con ello dejaba fuera a mujeres solas que quisieran inseminarse, o a parejas de lesbianas que desearan ser madres, ya que se les exigía haber mantenido coitos vaginales (por tanto, con un hombre).

Condenan a la sanidad madrileña por discriminar a dos lesbianas en su proceso de reproducción asistida

Tendrán que reparar a la pareja por vulnerar sus derechos fundamentales

Verónica y Tania, dos lesbianas que sufrieron la interrupción de su proceso de reproducción asistida, fueron discriminadas por razón de su orientación sexual, por lo que tanto el hospital Fundación Jiménez Díaz como la Comunidad de Madrid han sido condenados en los tribunales.

La sentencia del Juzgado de lo Social número 18 de la Comunidad de Madrid reconoce la discriminación sufrida por esas dos mujeres. Condena tanto a la Fundación Jiménez Díaz, por la responsabilidad de la violación del derecho fundamental a la no discriminación, como a la Consejería de Sanidad, como responsable de la prestación de la asistencia sanitaria.

El tuétano de la cuestión estriba en la prioridad que el centro sanitario y la Administración autonómica dieron a una orden ministerial sobre una ley.

La jueza señala que la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Asistida, donde se establece el derecho a los tratamientos de reproducción asistida, con independencia de la orientación sexual, es de rango superior a la orden ministerial y, por lo tanto, “las normas de rango inferior que se dicten no pueden ir en contra lo dispuesto en la ley, se deben aplicar las normas según la jerarquía normativa.”

La Orden Ministerial 2065/2014, publicada el 31 de octubre de 2014 y que el Ministerio de Sanidad distribuyó a las comunidades autónomas para su aplicación, excluye de los tratamientos de reproducción asistida a todas las mujeres sin una pareja masculina. De hecho, habla de acceso al tratamiento si ha fracasado un proceso de un año de “coito vaginal”. Es decir, con un hombre.

La sentencia dictamina que se han producido unos daños patrimoniales y morales y que deben resarcirse por “vulnerar el principio de no discriminación por orientación sexual”. Por lo tanto, se condena a pagar una reparación económicatanto al hospital como a la Consejería de Sanidad.

“Aunque la Fundación Jiménez Díaz había reiniciado nuestro tratamiento, decidimos seguir adelante con la demanda para que se reconociera la discriminación que sufrimos nosotras y para evitar que otras mujeres pasen por situaciones semejantes”, han afirmado Verónica y Tania (nombres no verdaderos por su expreso deseo de preservación de la intimidad) al conocer la sentencia.

“Esta decisión sienta un gran precedente judicial, porque es clara en afirmar que se debe interpretar siempre la norma de acuerdo con la ley de rango superior, y supone, además, una victoria para todas las mujeres que quieren acceder a este tipo de tratamientos de reproducción asistida, sin importar si tienen pareja masculina y sin importar su lugar de residencia” señala Glenys de Jesús, directora Legal de Women’s Link , la ONG que llevo el caso a los tribunales.

Y añade: “Si bien la jueza no puede condenar al Ministerio de Sanidad, el espíritu de la sentencia no deja lugar a dudas sobre la necesidad de derogar o no tener en cuenta una ley de rango inferior que, además, es claramente discriminatoria”.

Los hechos se remontan a abril del año pasado, cuando el sistema público de salud derivó a Tania al programa de reproducción asistida del Hospital Fundación Jiménez Díaz.

Seis meses después, el Ministerio publicó la citada orden ministerial que excluía a las mujeres sin varón. En noviembre, personal médico del hospital informó verbalmente a Verónica y a Tania que quedan excluidas del programa de forma definitiva. La pareja presentó una reclamación por escrito solicitando continuar con el tratamiento y el centro hospitalario les dijo que no. Entonces iniciaron acciones judiciales.

El pasado mayo, la Unidad de Reproducción Asistida de la Fundación Jiménez Díaz cita a Tania para que acuda a la consulta con un médico especialista de dicha unidad, porque “están reevaluando todos los casos de pacientes que han sido atendidos a la espera de recibir instrucciones sobre la adaptación de la cartera de servicios por parte de la Comunidad de Madrid”.

En septiembre se produce la vista oral que ha dado lugar ahora a la sentencia que condena al centro hospitalario por vulneración de derechos fundamentales y a la Consejería de Sanidad por vulneración del derecho fundamental a la no discriminación.

Xavier Horcajo (Intereconomía) se refiera a Carla Antonelli como “travestido”

xavier horcajo-carla antonelli

Aunque es muy poca la cobertura a nivel nacional que tiene Intereconomía, la cadena sigue emitiendo algunos de sus míticos programas de forma local, como El gato al agua. Como colaborador de este formato está Xavier Horcajo, director de La Gaceta, también del mismo grupo de Intereconomía.

Este jueves, el periodista hablaba de Carla Antonelli, diputada en la Asamblea de Madrid por el Grupo Socialista. “Es una tradición en tu partido que el que manda hace lo que le da la gana”, le decía a Martu Garrote, invitada al programa. “Al señor Tomás Gómez se le ocurrió llevar a un travestido porque era muy guay”, comentó durante su intervención.

“La compañera Carla no es un travestido, es una mujer transexual”, replicó la compañera de partido. “Te equivocas. Si alguien no está operado no puede llegar a la condición de transexual. ¿Me explico? La compañera Carla fue metida ahí porque lo quiso alguien”, declaró Horcajo.

No es la primera vez que el periodista se dirige a la política en tono despectivo. Ya en 2011 protagonizó una gran polémica cuando se dirigió a Antonelli como “chica, chico, chique o lo que sea”. Tomás Gómez podría haber elegido para sus listas a alguien “con síndrome de Down o a un enfermo de sida”, declaró en su momento.

Campaña #ConLaVozBienAlta: ‘Maricones, como me entere de que tenéis sexo en el hostal…’

Una pareja gay estadounidense alquila por internet una habitación en un hostal de Madrid. El dueño acepta la reserva… pero con reservas. El tipo envía por e-mail a los dos jóvenes la confirmación de los días, pero les adjunta una nota. Ellos no saben castellano ni para pedir paella y ruegan a los viandantes de Madrid que lestraduzcan el papel. La cosa va bien al principio, pero cuando los españoles llegan al final de la nota se topan de pronto con la intolerancia, con el mal olor de siempre, con nuestro pasado.

Se encuentran con la España negra.

En principio, no se atreven a traducir a la pareja la advertencia del dueño del hostal, pero después hacen de tripas compasión, toman aire y disparan contra los gays el arma de destrucción masiva que ha escrito otro…

Y tú, ¿qué harías su fueras testigo de un ataque homófobo?

Casi cuatro de cada 10 homosexuales, transexuales o bisexuales han sidodiscriminados, perseguidos, insultados o agredidos alguna vez en su vida, pero sólo uno de cada decena lo ha denunciado.

Por eso, un vídeo con cámara oculta, un rastreo callejero por las aceras tolerantesde la sociedad, muestra ahora que se puede denunciar, que hay que denunciar, que incluso la gente se ofrece a acompañar a la víctima para denunciar.

Es la última campaña de la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), producida por Chocolate Social Campaigning Agency y que será presentada en toda España bajo el hashtag #ConLaVozBienAlta.

«Queremos alzar la voz para poner fin a la impunidad de quienes insultan, amenazan o agreden, cambiar esta estadística y animar a la gente a alzar la voz y dar respuesta al odio», clama la Federación, que reúne a más de 50 colectivos de todo el país.

En el vídeo de esta construcción ficticia para denunciar la realidad, los actores fingen, pero los transeúntes son de verdad. Después de tragar saliva para traducir a la pareja ese papel llegado directamente de la inquisición, los ciudadanos, al menos los que aparecen en el experimento, muestran su indignación, animan a los chavales a denunciar al dueño del hostal y se ofrecen a ir con ellos a la comisaría«como nuestros amigos», llega a decir una mujer.

El mensaje es denunciar la homofobia sufrida, algo que la FELGTB ayuda a canalizar a través de www.conlavozbienalta.org, un manual de instrucciones por si hacen falta.

En el informe Delitos de odio por orientación sexual y de género 2014, la Federación recoge hasta 100 casos de incidentes discriminatorios y de delitos de odio. En 36 de ellos, el agresor conocía a la víctima «lo que indica que con frecuencia, el incidente no es casual». Y en más de 80 casos, el delito fue cometido por más de un agresor. ¿Y qué les pasó? A una mitad (57%) recibir insultos. Y la otra (43%), golpes. Y todo eso ocurrió casi por igual en la calle, en un espacio público o en una escuela o el trabajo.

Menosprecios, burlas, insultos, agresiones físicas o amenazas… El guión real de un vídeo oculto: «Como me entere de que tenéis sexo en el hostal…».

La Federación Estatal LGTB lanza una campaña para denunciar los delitos homófobos

CAMPAÑA ‘CON LA VOZ BIEN ALTA’

La Federación Estatal LTGB lanza una campaña para denunciar los delitos homófobos.

La Federación Estatal LTGB lanza una campaña para denunciar los delitos homófobos.

MADRID. Una pareja de extranjeros reserva una habitación por internet. Cuando llegan a la habitación se encuentran con que el dueño les ha dejado una nota y piden ayuda para poder traducirla. La nota está llena de insultos homófobos y amenaza a los chicos con violencia física si se les ocurre besarse en el hostal.

Con este arranque comienza la campaña ‘Con la voz bien alta’ que la Federación Estatal LGTB ha puesto en marcha para animar a la gente a que denuncie ataques homófobos y que asegura que en nuestro país al menos un 38% de este colectivo sufre algún tipo de agresión pero sólo un 10% lo denuncia.

 

«Maricones, como os vea besándoos en el hostal os saco a …»

Una cámara oculta anima a las víctimas a denunciar los delitos homófobos. “La discriminación no es una broma”, dice la Federación de Lesbianas, Gays y Transexuales

 

Cuatro de cada diez homosexuales han sufrido discriminación pero sólo el 10% de los insultos o agresiones se denuncian ante la Policía. Para respaldar a las víctimas a que no toleren actos homófobos, la Federación de Lesbianas, Gays y Transexuales (FELGTB) ha grabado este sorprendente vídeo con cámara oculta.

En él, una pareja homosexual norteamericana pide ayuda a los transeúntes para que les traduzcan un e-mail que les ha enviado el dueño del hostal en el que se van alojar en Madrid. “Lo más importante es que no paséis por Chueca porque parecéis muy gais”, comienza la nota, algo que los improvisados traductores no se toman muy en serio. “Es una broma tonta. Estamos en España”, llega a decir uno.

Pero poco a poco el tono del texto se va endureciendo y los viandantes se atascan ante las burlas y amenazas del dueño del alojamiento. “Maricones, como os vea tocándoos o besándoos en el hostal os saco a hostias…”, advierte. Nadie de los que se paran para ayudar a esta pareja se atreve a traducirles semejantes cosas. Les aconsejan que cambien de hotel y les animan a denunciarlo ante la Policía. “No se puede decir esto”, lamenta un joven. Incluso más de uno se presta a acompañarles a las dependencias policiales.

“La discriminación no es una broma. Si eres víctima de insultos, amenazas, agresiones… páralo. Habla. Actúa. Denuncia”, termina el vídeo de la FELGTB, que con su campaña #ConlaVozBienAlta busca llamar la atención sobre los delitos de odio que sufre el colectivo.

La federación ha puesto en marcha también una web en la que se ofrecen datos sobre agresiones, información sobre la legislación y de cómo denunciar, así como un servicio de asesoramiento.

Si te llaman “maricón”, denuncia

Una pareja de extranjeros reservan una habitación por internet. Cuando llegan a la habitación se encuentran con que el dueño les ha dejado una nota y piden ayuda para poder traducirla. La nota está llena de insultos homófobos y amenaza a los chicos con violencia física si se les ocurre besarse en el hostal. Con este arranque comienza la campaña Con la voz bien alta que la Federación Estatal LGTB ha puesto en marcha para animar a la gente a que denuncie ataques homófobos y que asegura que en nuestro país al menos un 38% de este colectivo sufre algún tipo de agresión pero sólo un 10% lo denuncia.

Con esta iniciativa la FELGTB busca llamar la atención sobre los delitos de odioque sufre el colectivo al que representan, promover la solidaridad de la sociedad y que la gente que sufre estos insultos y desprecios por su orientación sexual no deje pasar esas situaciones y que las denuncie. La campaña es, asimismo, parte de los esfuerzos del colectivo para que el Gobierno impulse una “ley contra la Lgtfobia”.

Fuentes de la FELGTB colectivo han explicado a EL PAÍS que la pareja de gays que aparece en el vídeo está compuesta por dos actores, pero que las reacciones de los transeúntes, grabadas con cámara oculta, son espontáneas.

Rouco y otros diez cardenales rechazan la comunión para divorciados y las uniones gais

  • Los religiosos alertan también de que las rupturas matrimoniales son una pandemia

  • Sus advertencias se conocen pocos días antes de que comience en el Vaticano el Sínodo de la Familia

Antonio María Rouco Varela

Antonio María Rouco Varela. / Kiko Huesca (Efe)

Once cardenales, entre ellos el arzobispo emérito de Madrid, Antonio María Rouco Varela, han manifestado en un libro su rechazo a que los divorciados que se hayan vuelto a casar puedan comulgar, consideran que las rupturas matrimoniales son una pandemia y afirman que las uniones de parejas homosexuales desafían el buen sentido.

Este proyecto, según informa el diario italiano ‘Reppublica’, titulado ‘Once cardenales hablan sobre el matrimonio y la familia’, será publicado en inglés por la editorial Ignatius Press, y se conoce pocos días antes de que comience en el Vaticano el próximo 4 de octubre el Sínodo de la Familia.

En la publicación han participado el arzobispo de Bolonia (Italia), Carlo Caffarra; el presidente de la Conferencia de Obispos Católicos de la India, Baselios Clemis; el arzobispo de Praga (República Checa), Dominik Duka; el arzobispo de Utrecht (Holanda), Willem Jacobus Eijk; el arzobispo emérito de Colonia (Alemania), Joachim Meisner; el arzobispo de Abuja (Nigeria), John Onaiyekan; el vicario emérito de la diócesis de Roma y expresidente de la Conferencia Episcopal Italiana, Camillo Ruini. Asimismo, forman parte del proyecto el prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Robert Sarah; el arzobispo de Caracas (Venezuela), Jorge Urosa Savino; el presidente emérito del Pontificio Consejo Cor Unum, Joseph Cordes y el expresidente de la CEE, el cardenal español Rouco Varela.

Mandamiento “inequívoco”

De los fragmentos facilitados por el periódico italiano se desprende que, por ejemplo, para Cordes, los divorciados vueltos a casar han infringido un mandamiento de Jesús “inequívoco” y viven en “una situación que contradice de manera objetiva lo que quiere Dios”, por lo que la única solución es la “comunión espiritual”.

Por su parte, para el arzobispo de Utrecht, cardenal Eijk, la concesión de la comunión es un peligro que hay que evitar porque “una vez aceptada, se aceptará también que el mutuo don de los esposos no deba ser total, ni a nivel espiritual, ni físico”. “En consecuencia, nos veremos obligados a cambiar la doctrina de la Iglesia que se refiere al matrimonio y a la sexualidad”, alerta.

Los once cardenales responden en este libro a preguntas como: ¿Cómo podemos acompañar mejor a los que han sido abandonados por el cónyuge y siguen fieles al matrimonio?, ¿Cómo la preparación del matrimonio puede responder más directamente a la situación de los jóvenes que tienen una pobre catequesis y que han sido fuertemente influenciados por la cultura secularizada?”.

Educación en los principios católicos

El libro, que recoge las opiniones de los once prelados sobre cómo debe orientarse la pastoral de la Iglesia católica en temas como las parejas homosexuales y el acceso a la Eucaristía por parte de divorciados en nueva unión, también apunta a que hay un problema más profundo que se relaciona con la educación en los principios católicos.

Para algunos analistas, este nuevo libro va en la línea de la obra ‘Permanecer en la verdad de Cristo: Matrimonio y comunión en la Iglesia Católica’, que fue una respuesta de cinco cardenales al purpurado alemán Walter Kasper, quien defiende la tesis de permitir la comunión a los divorciados vueltos a casar.