La mujer gigante, Semenya y la ‘intersexualidad’

La keniana Wambui, que ganó su serie de 800, provoca las especulaciones que acompañaron a Semenya cuando ganó en el Mundial de 2009

La keniana Margaret Wambui (c), durante las semifinales de 800 metros

La keniana Margaret Wambui (c), durante las semifinales de 800 metros. ANTONIO LACERDAEFE

Las series de 800 abren de nuevo el debate. Al ver en la pista, y más tarde en la zona mixta, a la keniana Margaret Wambui, se escuchan las mismas especulaciones que acompañaron a Caster Semenya cuando irrumpió en el primer plano del atletismo, en el Mundial de Berlín. En el umbral de los dos metros y de rasgos muy masculinizados, las dudas acerca de su feminidad ya se plantearon cuando apareció en la élite, al obtener una victoria en el Mundial júnior, en 2014. En el absoluto de este año, aunque en pista cubierta, alcanzó el bronce en los 800. En Río, su forma de ganar camino de la final, aumenta las especulaciones.

Wambui venció en su semifinal y Caster Semenya en la suya. A la sudafricana le ocurrió algo similar cuando, en 2009, se impuso en el Mundial, con 19 años. En la final de Río se encontrarán cara a cara, sin poder evitar que la polémica las acompañe, camino del podio. Después de la controversia generada con su victoria, en 2009, la IAAF le pidió un control de feminidad. La ciencia concluyó que generaba tres veces más testosterona que una mujer y ello le confería ventaja en la potenciación muscular y en el retraso, en comparación con el resto de atletas, en la aparición de la fatiga. Antes, el doctor de la IAAF, la hizo desnudarse, en un ejercicio humillante. La conclusión del examen era que Semenya era lo que han llamado atletas ‘intersexuales’, afectada de hiperandrogenismo.

A la decisión de suspenderla por parte de la IAAF le sucedió un proceso de reclamaciones, debates médicos y disputas jurídicas. Volvió a competir, sometida a controles que comprobaran sus niveles de testosterona. Debían estar siempre por debajo de 10 nmol/1. El TAS, finalmente, eliminó ese límite y Semenya regresó al circuito. Gracias a su lucha, es posible que Wambui no atraviese tantas controversias, aunque no podrá evitar el debate. A otras atletas, el hiperandrogenismo les costó su carrera, como a la española María José Martínez Patiño.

La Armada de EE.UU. bautiza un barco con el nombre de un gay

LA ARMADA DE ESTADOS UNIDOS ROMPE UN TABÚ Y BAUTIZA UN BARCO CON EL NOMBRE DEL ACTIVISTA GAY HARVEY MILK

‘Harvey Milk’ es ya un petrolero de nueva generación.

‘Harvey Milk’ es ya un petrolero de nueva generación.

LA Armada de Estados Unidos dio ayer a uno de sus barco el nombre de Harvey Milk, el primer político abiertamente gay de California, un paso considerado “histórico” en un cuerpo donde, hasta hace cinco años, los homosexuales no podían participar a no ser que ocultaran su orientación sexual. El secretario de la Armada, Ray Mabus, participó en una ceremonia en San Francisco para dar a un barco de nueva generación el nombre del icono homosexual, inmortalizado por el actor Sean Penn en la película Milk (2008).

Milk, la primera autoridad electa abiertamente homosexual en un municipio de Estados Unidos, sirvió en la Armada durante la guerra de Corea (1950-53) a bordo de un submarino de rescate, pero fue relevado de su cargo en 1955, algo que algunos atribuyen a su orientación sexual. “Hace poco que hemos llegado al punto en que la gente LGBT (lesbianas, gais, bisexuales y transexuales) puede servir abiertamente en el Ejército, ¿y qué mejor mensaje para eso que este buque? Es un gran tributo a un hombre cuyo objetivo era que la gente no tuviera que llevar una máscara”, dijo Stuart Milk, sobrino del activista, al diario San Francisco Chronicle.

Los homosexuales pueden servir abiertamente en el Ejército estadounidense desde 2011, cuando el Congreso, a instancias de una resolución de la Justicia, puso fin a la política Don’t ask, don’t tell (No preguntes, no cuentes), implementada bajo el Gobierno de Bill Clinton (1993-2001) y que les impedía revelar su orientación. En junio de este año, Estados Unidos dio un paso más en ese camino al abrir las puertas del Ejército también a los transexuales, que ya pueden ser reclutados y servir abiertamente.

Según indicó Human Rights Campaign (HRC), una organización de derechos de los homosexuales, el secretario de la Armada seleccionó además como patrocinadora del barco a Paula Neira, una transexual que sirvió en la Armada como hombre antes de cambiar de sexo y trabajar como enfermera. “La ceremonia histórica de hoy supone mucho más que bautizar un barco con el nombre del legendario Harvey Milk. Es una prueba más del avance profundo en la igualdad LGBT que seguimos haciendo como nación”, dijo HRC.

La decisión de la Armada ha irritado a algunos conservadores, que sostienen que otros veteranos se merecían más ese honor y que hay dudas sobre la verdadera razón por la que se relevó de su servicio a Milk. Nacido el 22 de mayo de 1930, fue el primer concejal de distrito abiertamente homosexual de San Francisco, un cargo que ejerció solo once meses, hasta que fue asesinado en noviembre de 1978 en un despacho del Ayuntamiento.

Cuatro detenidos por apedrear y golpear con una barra a un transexual

Cuatro jóvenes de 17 y 18 años han sido detenidos por la Policía en Málaga después de que presuntamente apedrearan y golpearan con una barra de hierro en la cabeza a un transexual y le robaran el bolso.

Los hechos ocurrieron en el polígono Guadalhorce de la capital malagueña, donde los supuestos agresores insultaron, amenazaron y lanzaron piedras a la víctima desde el vehículo en el que viajaban.

A continuación se apearon del coche, le golpearon con una barra de hierro y le sustrajeron el bolso, ha informado este jueves la Policía.

Los presuntos agresores fueron localizados en su huida por los policías y detenidos por los delitos de odio, robo con violencia y resistencia y desobediencia a agentes de la autoridad.

Según las pesquisas, los presuntos agresores amenazaron y vejaron a varias personas por su condición sexual, al mismo tiempo que les lanzaban piedras de grandes dimensiones y circulaban a gran velocidad muy cerca de donde se hallaban.

Los ocupantes del coche se apearon del mismo y acorralaron a una de las personas allí presentes, a la que patearon y golpearon con una barra de hierro en la cabeza, para finalmente sustraerle el bolso con sus pertenencias.

La persona agredida presentaba una herida sangrante en la cabeza y fuetrasladada al hospital.

Los agentes interceptaron el vehículo con sus cuatro ocupantes tras unapersecución por las calles del polígono industrial, y además comprobaron que el conductor del vehículo carecía de cualquier permiso de conducir, por lo que también le atribuyeron un delito contra la seguridad vial.

Iruñeak frankismo garaian bainugela publikoetan sexua egiten zuten gayei omenaldia egiten die

Plaka bat jarri du Udalak Autobus Geltoki zaharrean. Plaka ez da berria, ordea, duela urte batzuk Ekainak 28 Plataformak (Ehgam-Nafarroak barne) jarritakoa baizik, baina artean kendu behar izan zuten udaleko baimena ez baitzuten

Iruñeak frankismo garaian bainugela publikoetan sexua egiten zuten gayei omenaldia egiten die

Plaka bat jarri du Udalak Autobus Geltoki zaharrean. Plaka ez da berria, ordea, duela urte batzuk Ekainak 28 Plataformak (Ehgam-Nafarroak barne) jarritakoa baizik, baina artean kendu behar izan zuten udaleko baimena ez baitzuten.

Pamplona homenajea a los homosexuales que practicaban sexo en los baños públicos durante el franquismo

baños-pamplona

Los tiempos están cambiando, que cantaba Bob Dylan. También en la vetusta Pamplona, bastión católico, taurino y conservador del Reino de Navarra. Desde que en 2015 EH Bildu, con apoyo de los partidos de izquierda, desalojara a UPN de la alcaldía de la ciudad, algunos gestos denotan que, efectivamente, Pamplona no es la misma. Como muestra, un botón (o, mejor dicho, una placa):

“En recuerdo de las personas que para su disfrute y debido a una sociedad transfóbica y homofóbica desarrollaron parte de sus vidas sexuales y afectivas en los lavabos de esta antigua estación de autobuses”.

La placa -en euskera y en castellano, y aderezada con el triángulo rosa que identifica el movimiento LGTB- ha sido colocada en el llamado espacio Geltoki, “una iniciativa para impulsar la economía social y solidaria junto con actividades culturales”, según la nota de prensa del Ayuntamiento de Pamplona, fechada el pasado 2 de agosto.

Geltoki ocupa la zona de taquillas y el bar de la antigua estación de autobuses de Pamplona, a la sazón, la más antigua de España, abierta en 1934 y clausurada al público en 2007. Los lavabos de la citada estación servían de lugar de cita clandestina para los homosexuales durante el franquismo, un oprobioso período en el que los homosexuales eran considerados enfermos y delincuentes, según la ley de vagos y maleantes:

“La arquitectura jurídica del franquismo favorecía un clima de miedo que impedía moverse con libertad. La ley permitía medidas preventivas contra este colectivo y tratamientos como la lobotomía y loselectroshocks para erradicar lo considerado como una enfermedad. Los suicidios y las violaciones en prisión eran frecuentes. Había cárceles específicas en Huelva y Badajoz, y en la Modelo de Barcelona, Valencia y Carabanchel se habilitaban módulos para recluir a este tipo de presos.”, cuenta en Público Patricia Campelo.

Aunque el espacio Geltoki está gestionado por el Ayuntamiento de Pamplona, el proyecto ha sido impulsado por una serie de asociaciones de artistas y agricultores, en un intento de reivindicar la “economía social y solidaria” y convertirse en un polo de atracción de actividad “al estilo de Tabakalera, Matadero o la Alhóndiga de Bilbao”.

Sin embargo, la oposición -encabezada por UPN y PSN- han pedido la paralización cautelar de las obras, cifradas en 800.000 euros porque suponen “una competencia desleal, pagada con dinero público, para el resto de los comerciantes”.

Una jueza considera que agredir al grito de “maricones de mierda” no es homofobia

Arcópoli ha contabilizado 149 agresiones homófobas o tránsfobas en lo que va de año

Arcópoli ha contabilizado 149 agresiones homófobas o tránsfobas en lo que va de año EFE

El agresor tendrá que indemnizar con 250 euros a cada uno de los jóvenes a los que atacó el 26 de abril de 2015 en Madrid al grito de “maricones de mierda”. Es la condena que impone el Juzgado de Instrucción Nº39 por una agresión homófoba en una sentencia en la que reconoce probados los hechos que cuentan las víctimas, pero no lo considera delito de odio por homofobia, tal y como adelantó Cadena Ser.

Ocurrió en el centro de la capital hace casi cuatro meses, cuando Gerardo y otros tres amigos recorrían la calle Montera en dirección a un bar. Fue entonces cuando se cruzaron con dos individuos y uno de ellos “dio un puñetazo a uno de mis compañeros” mientras les increpaban. “Volvimos a encontrárnoslos y comenzaron a darnos puñetazos a otros dos. La última fue camino de comisaría, en la que dieron patadas al otro que todavía no habían tocado”, cuenta el joven.

Como consecuencia sufrieron lesiones en la nariz, las piernas y las cervicales, como prueban los informes médicos aportados al juzgado. Todo entre insultos y gritos de “maricones de mierda”. Pero a pesar de que la jueza Belén Sánchez considera probado este relato no se refiere en ningún momento a un posible delito de odio ni aplica el agravante por homofobia. La sentencia concluye que el acusado ha cometido cuatro faltas de lesiones contempladas en el artículo 617 del Código Penal.

Sobre la expresión “maricones de mierda” la jueza afirma que “podría ser en su caso constitutiva de una falta de vejaciones injustas o injurias, que ha quedado despenalizada con la reforma operada en el Código Penal, pero no es constitutiva de una falta de amenazas”. Por otro lado, no se refiere en ningún momento a la motivación homófoba del insulto.

“Da la sensación de que la homofobia merece solo una sanción administrativa leve”, afirma Gerardo, que muestra su indignación por una condena que, dice, “lanza un mensaje a la sociedad de que es barato pegar a un homosexual”. El joven de 22 años compara la sanción con las aplicadas por infracciones “como beber una lata de cerveza en la calle, que está multado con el doble”, afirma.

Para Rubén López, vocal de delitos de odio de Arcópoli, la sentencia “demuestra que la justicia debe profundizar en los delitos de odio porque condenas de este tipo no alientan a las víctimas a denunciar, sino todo lo contrario”. De hecho, la baja cifra de víctimas que lo hacen es una de las cuestiones que más preocupan a expertos y organizaciones LGTBI.    La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea –FRA– elaboró en 2013 un estudio que cuantificaba en un 80% el número de víctimas de discriminación que viven las agresiones en el ámbito privado

Entre otros, identifica la desconfianza en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado como uno de los motivos para no denunciar. “Cuando avisamos a la Policía Municipal sentí que no se tomaban en serio la gravedad del asunto”, recuerda Gerardo, pero “luego declarando ante la Policía Nacional fue genial”. La formación de todos los agentes implicados en la lucha contra los delitos de odio, incluidos jueces y fiscales, es otra de las reivindicaciones tradicionales de los colectivos.

“Es muy complejo demostrar la homofobia en una agresión y cuando ocurre, el resultado es muy pobre”, critica López. “Por mucho que no sea una agresión grave, la homofobia también se da a estos niveles”, concluye Gerardo. Arcópoli ha contabilizado en lo que va de año 149 agresiones por homofobia o transfobia solo en la Comunidad de Madrid.

El Supremo ordena a Interior admitir la solicitud de asilo de un camerunés que huye por ser homosexual

El Tribunal Supremo ha ordenado al Ministerio del Interior admitir a trámite la petición de asilo de un hombre camerunés que alegó ser perseguido en su país por homosexual. El Ministerio del  Interior había denegado la solicitud de protección internacional por considerar que sus razones eran “inverosímiles e insuficientes”. 

Según ha comunicado el Supremo, el ciudadano camerunés, Prosper K.T., había relatado en la demanda de asilo que, tras enterarse de su orientación sexual, él y su novio habían sido víctima de una paliza en julio de 2014 que acabó con la vida de su pareja. La legislación camerunesa condena la homosexualidad.

Este episodio le empujó a huir, asegura, primero a Nigeria, luego a México y por último a España. El camerunés registró la petición de asilo en noviembre de 2015 en el aeropuerto de Barajas, donde se estudia la admisión a trámite en un procedimiento acelerado que, según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur), impide analizar la petición a fondo.

A pesar de que la Agencia de la ONU para los refugiados presentó un informe apoyando la admisión a trámite de la solicitud, Interior la denegó por considerar que “sus alegaciones sobre la persecución padecida en Camerún por su condición de homosexual eran ‘inverosímiles e insuficientes”.  

Después de que su denegación de Interior fuese confirmada por la Audiencia Nacional, Prosper K.T. planteó un recurso de casación ante el Supremo, que ha ordenado al Ministerio del Interior que “proceda a su admisión e inicie la tramitación del procedimiento administrativo correspondiente”.

El alto tribunal señala que ni en la sentencia de la Audiencia Nacional, ni en las resoluciones que confirma, se dice que el solicitante “hubiese formulado alegaciones incoherentes, ni que su relato contradiga la información disponible sobre el país de origen”.

Según analiza el magistrado Eduardo Calvo Rojas, “la propia sentencia señala como dato no controvertido que en la legislación de Camerún se tipifican como delito los actos homosexuales y que se trata, además, de una conducta efectivamente reprimida en ese país”.

Por esta razón y recordando que existe un infrome de Acnur favorable a su admisión por “no considerar el relato inverosimil”, la decisión de “denegación no puede considerarse ajustada a derecho la decisión”.

El ciudadano camerunés planteó entonces recurso de casación ante el Supremo. La Sala III, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Calvo Rojas, analiza el procedimiento especial regulado en el artículo 21 de la Ley 12/2009, reguladora del derecho de Asilo y la protección subsidiaria, aplicable a las solicitudes presentadas en puestos fronterizos. 

“Alto porcentaje” de rechazo de peticiones LGTBI

La inadmisión de la solicitud de Prosper K.T es un caso más de “el alto procentaje” de denegaciones de la protección internacional de las peticiones por motivos de orientación sexual y diversidad de género. la Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur) y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) aseguran que los demandantes de asilo LGTBI en España todavía siguen encontrándose trabas añadidas para lograr que su solicitud tenga una respuesta positiva.

Sin embargo, en la actualidad no existe información oficial al respecto dado que el Ministerio de Interior no desglosa los datos de peticiones de asilo en función de las razones expuestas. Algunas de las trabas citadas por organizaciones especializadas son l a petición de pruebas, el estudio acelerado de solicitudes, la falta de formación de las autoridades o la creencia de que “con disimulo” se ahorrarían la persecución por su orientación sexual.

Acnur recuerda que la Directiva Europea de Procedimiento establece una tipología de solicitantes de asilo que suelen presentar una situación de especial vulnerabilidad, y cuyas solicitudes no deberían ser estudiadas en un procedimiento acelerado, como en el caso de Prosper K.T.

El Supremo ordena tramitar el asilo de un camerunés que sufrió persecución por ser homosexual

Prosper K.T. había denunció en Barajas que él y su novio habían recibido una paliza en Camerún

El Tribunal Supremo ha revocado la denegación del asilo de un ciudadano camerunés que alegó que había sido perseguido en su país por ser homosexual. El Supremo ordena al Ministerio del Interior, que denegó la petición en noviembre de 2014, que inicie la tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

Interior denegó la petición, formulada el 3 de noviembre de 2014 en el puesto fronterizo del aeropuerto de Madrid-Barajas, por considerar que sus alegaciones sobre la persecución padecida en Camerún eran “inverosímiles e insuficientes”, en aplicación de la Ley de Asilo, que faculta al ministro a inadmitir por dicha causa solicitudes de protección internacional presentadas en la frontera en un plazo máximo de 12 días.

El ciudadano camerunés, Prosper K. T., había relatado en su demanda en el aeropuerto madrileño que, al enterarse de su orientación homosexual, los jóvenes de su barrio en Camerún le dieron una paliza a él y a su novio en julio de 2014. Según su versión, su pareja murió a causa de los golpes. Prosper K. T. decidió huir, primero a Nigeria, luego a México y por último a España, donde reclamó asilo y protección internacional subsidiaria.

El Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) presentó un informe apoyando la admisión de la petición. Interior denegó, sin embargo, dicha solicitud, por lo que el reclamante recurrió primero a la Audiencia Nacional, que confirmó la decisión del ministerio.

El ciudadano camerunés planteó entonces recurso de casación ante el Supremo. El alto tribunal ha señalado que ni en la sentencia de la Audiencia Nacional ni en las resoluciones se dice que el solicitante hubiese formulado alegaciones incoherentes, ni que su relato contradiga la información disponible sobre el país de origen. “Más bien al contrario”, añade la sentencia, que también señala que en la legislación de Camerún se tipifican como delito los actos homosexuales y que se trata de una conducta efectivamente reprimida en ese país.

Las pruebas de verificación de sexo cuestionan derechos individuales y la “protección del deporte femenino”

Caster Semenya en el mitin de Roma 2016

Caster Semenya en el mitin de Roma 2016 / IAAF.

Su participación en los Juegos Olímpicos ha vuelto a colocar el debate encima de la mesa. En Río de Janeiro muchas miradas se posarán sobre la atleta sudafricana Caster Semenya, por la superioridad que ha mostrado en los 800 metros para los que es la gran favorita. Todo después de que el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) anulara en julio de 2015 la norma que castigaba a aquellas atletas que mostraran niveles de testosterona superiores a los considerados “normales” para las mujeres. Debían recortar su producción de hormona por una supuesta ventaja deportiva injusta con el resto de competidoras.

Las federaciones internacionales y el Comité Olímpico Internacional (COI) han utilizado diversas técnicas a lo largo de la historia para “verificar el sexo” de las deportistas –incluida la obligación de posar desnudas para un examen visual– que han dejado por el camino a deportistas humilladas y carreras truncadas.

Semenya es una de ellas. Tras ganar el oro en los Mundiales de Berlín de 2009 fue sometida a uno de estos exámenes tras las quejas de otras corredoras y fue apartada de la pista 11 meses.

La Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (IAAF) concluyó que el cuerpo de Semenya  produce tres veces más testosterona que la media de las mujeres. La surafricana fue sometida a un escarnio público sobre su físico hasta que en 2010 la IAAF aceptó las conclusiones de un grupo de médicos que declararon su “idoneidad para competir en la categoría femenina”.

A pesar del dictamen médico sobre Semenya presentado a la IAAF,  el Comité Olímpico Internacional retomó las pruebas de sexo –que había abandonado en 2000– y las aplicó  a la velocista  india Dutee Chand. La velocista, también intersexo, se empeñó en competir tal y como es, y su litigio consiguió la anulación temporal de la regla del límite de testosterona natural por parte del Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS).

Las conclusiones del TAS

La joven se negó a someterse a los tratamientos médicos y operaciones que la IAAF le proponía como única opción para seguir compitiendo en la categoría femenina. La federación prohibió a la deportista en 2014 seguir en la pista durante dos años por haber mostrado unos niveles de testosterona superiores a los exigidos por la llamada norma de hiperandrogenismo, una categoría en la que también había entrado años atrás Caster Semenya.

Pero esta vez, la batalla de Chand motivó la suspensión de una regla que pretende encajonar la sexualidad humana en dos categorías obviando la complejidad de un asunto que la ciencia ha zanjado argumentando que no existe un solo parámetro biológico para determinar el sexo de cada persona.  “El sexo de los seres humanos no es simplemente binario”, sentenciaba el TAS en su laudo.

El tribunal concluía, además, que la norma era discriminatoria con las mujeres y con todas las personas que no encajan en las definiciones biológicas típicas de lo considerado femenino y masculino (intersexuales). El TAS ha dado a la IAAF y al COI dos años para demostrar que la testosterona genera una ventaja. Su dictamen expresaba que la regla del hiperandrogenismo “se usa para introducir una nueva categoría de mujeres no aptas dentro de la categoría femenina”. 

Las dos caras de la moneda

Es ahí donde está el punto caliente de la polémica. ¿Amenaza la ausencia de este tipo de normas el deporte femenino, como afirman algunos expertos? ¿Protege la existencia de estas reglas la identidad de género de las personas? La balanza debe inclinarse, para unos, del lado de los derechos de personas trans e intersexuales en el deporte. Para otros, lo más importante debe ser asegurar “la supervivencia” de las categorías de mujeres.

Es el caso de la atleta transexual y física médica Joanna Harper, que califica la decisión del TAS de “error”. Afirma que las delimitaciones son necesarias para “asegurar la viabilidad del deporte femenino y protegerlo”, un ámbito reservado tradicionalmente para los hombres. “Las mujeres deben competir contra otras mujeres, ya que son superadas por ellos en los altos niveles de la mayoría de deportes”, sostiene.

La también asesora del COI en cuestiones de género no niega que “la biología no divide de forma nítida a las personas en dos sexos”, pero es de la opinión de que a estas mujeres, como Caster Semenya, “se les debe permitir competir en la categoría femenina siempre y cuando estén dispuestas a hacerlo con los niveles de testosterona femeninos en su cuerpo”. Es decir, sometiéndose a tratamientos médicos para ello.

Al otro lado, Victoria Ley,  bióloga y responsable de la Subdirección General de Deporte y Salud del Consejo Superior de Deportes, opina que los métodos químicos para restringir la testosterona naturalmente producida “pueden tener efectos secundarios, no es una forma de fomentar su salud, solo de hacer que encajen en los estándares que ellos consideran para las mujeres”.

“Nadie puede definir quién es un hombre o mujer, hay que detenerse en lo que la persona siente”, matiza. Los tratamientos harían que “su rendimiento cayera en picado y competirían en igualdad de condiciones contra otras mujeres” porque “si queremos mantener las categorías por sexos deben fijarse unos límites”, mantiene el doctor en Fisiología del Ejercicio Jordan Santos. Pero, ¿respeta los derechos humanos la imposición de estas fronteras de sexo en el deporte?

¿Impulsar competiciones mixtas?

La abogada Grecia González Miranda analiza esta perspectiva en la investigación  Las mujeres en el deporte profesional entre la verificación de sexo y el hiperandrogenismo: una aproximación desde los Derechos Humanos. “Estos reglamentos generan una discriminación entre mujeres que no concuerdan con el perfil físico y estereotipado de lo que debe ser una mujer desde una visión paternalista”, afirma.

En una de sus conclusiones asegura que “la división dualista del sexo en las competiciones deportivas está obsoleta dada la diversidad sexual que se presenta con la incorporación de transexuales e intersexuales” y apuesta por poner en marcha “competiciones mixtas en todos los deportes para generar el caldo de cultivo para futuras competiciones igualitarias”.

Para ella, con las normas de verificación “se hace una inferencia de que el desempeño atlético superior es un dominio del hombre y no de las mujeres”. Sin embargo, Harper, que compitió como hombre antes de someterse a tratamientos de bloqueo de testosterona, defiende que la hormona provoca una ventaja deportiva, algo que comprobó “al perder muchísima velocidad tras el tratamiento”.

Santos cree que es un “absurdo” considerar que la testosterona “no supone una ventaja en la competición”, pero, afirma, “supongo que el TAS ha primado los argumentos sociales sobre los biológicos, algo loable pero injusto para la mayoría de mujeres”.

¿Por qué solo se pone límite a ese parámetro biológico?, se cuestiona Ley: “La altura en baloncesto, el nivel de eritrocitos, que mejora la capacidad muscular o de miostatima, que favorece el desarrollo muscular, también generan ventaja”.

Santos responde ejemplificando que “no existen categorías por altura en baloncesto, pero sí por sexos con el objetivo de proteger el deporte femenino”. ¿Es entonces la testosterona el único parámetro evaluable para dividir las categorías? “Es el factor más importante”, dice Harper. “Los niveles de testosterona son muy variables tanto en mujeres como en hombres”, le contrapone Ley.