Podemos plantea que los menores elijan su sexo: “femenino, masculino o no binario”

Así funcionaria la ley integral de transexualidad presentada por Unidos Podemos Foto: EFE | Vídeo: EL MUNDO

El grupo parlamentario de Unidos Podemos ha registrado este viernes en el Congreso la primera ley integral de transexualidad que reconoce en España el llamado “tercer género” (que no es ni masculino ni femenino) y que identificará oficialmente con el nombre de “no binario”.

En esta ley, se regula que los menores de edad que sean maduros o que hayan cumplido los 16 años puedan “rectificar” en el Registro Civil su nombre propio y su género. Eligiendo entre “femenino, masculino o no binario”. Para ello no será necesario haberse sometido a tratamientos hormonales ni a intervenciones quirúrgicas [lea en PDF la proposición de ley].

El cambio de sexo y de nombre propio serán inmediatos y se implementarán en todos los documentos oficiales (DNI, pasaporte o Seguridad Social) y documentos privados. Por tanto, esa nueva identidad se aplicará en todos los ámbitos de la vida pública. Como en los trabajos (para adultos) o en la escuela (para menores).

Adiós a los informes psicológicos

Una vez que las personas “trans” cumplan los 16 años no tendrán ningún obstáculo legal para hacer esto. Aunque sus padres estén en contra. En el caso de los adolescentes menores de 16 años también podrían llevar a cabo esta petición y cambiarse oficialmente de sexo para la administración pero se les exige algún requisito: o la autorización de uno de los padres o, en caso de no obtenerla, que un representante legal (juez o fiscal) ampare su decisión de cambiar de género porque acredita que es capaz “intelectual y emocionalmente de comprender el alcance de dicha decisión”.

Una novedad capital en esta ley es que para llevar a cabo este cambio, los mayores y menores de edad estarán exentos de presentar cualquier informe médico o psicológico y tampoco será necesario que hayan hecho una “previa modificación de la apariencia o función corporal” a través de tratamientos hormonales o de intervenciones quirúrgicas.

Toda persona también tendrá derecho a que el género no aparezca reflejado en el DNI, pasaporte o cualquier otro documento la identificación referida al sexo si no lo desea.

Cambio de sexo en menores

La ley de transexualidad de Unidos Podemos incorpora aspectos que ya había incluido en la ley LGTBI, y que en estos momentos se tramita en el Congreso. Los menores de edad podrán operarse para cambiar de sexo sin el consentimiento de sus padres a partir de los 16 años. Se rebaja en dos años esa posibilidad que hasta ahora se fijaba en los 18. Para la cirugía transexual de los 16 a los 18 hacía falta la autorización de un juez.

Además, también permite que los menores de edad decidir si se someten a tratamientos para el bloqueo hormonal “al inicio de la pubertad”, o del tratamiento hormonal cruzado. Podrán hacerlo libremente los mayores de 16 años y los adolescentes aún más pequeños “en los casos en los que la persona sea capaz intelectual y emocionalmente de comprender el alcance de dichos tratamientos”.

La ley prevé una atención médica completa y gratuita para el cambio de sexo de las personas transexuales dentro de la cartera básica de la Seguridad Social. Por ejemplo: “proceso quirúrgico genital, adecuación corporal y facial”, “material protésico”, tratamientos para la modulación del tono y timbre de voz o corrección estética y de funcionamiento de los órganos sexuales. Asimismo, el bloqueo hormonal desde la pubertad para evitar el desarrollo de caracteres sexuales.

Compartir baños y vestuarios en la escuela

En el ámbito educativo, el alumno trans tiene derecho a “utilizar y ser nombrado con el nombre elegido” conforme a su identidad sexual. Y, en consecuencia, utilizará esa identidad con todos los efectos en las actividades y en su vida escolar.

Por ejemplo, a la hora de vestir uniforme o en el uso de instalaciones como los baños o los vestuarios del centro escolar. Que compartirá con los del sexo de los que se sienta.

Además, se insta a las comunidades autónomas a incluir dentro del currículo educativa, “y por tanto en los libros de texto”, la enseñanza de la diversidad afectivo-sexual, de género y familiar, así como la igualdad de derechos de las personas trans.

En el ámbito laboral, se apuesta por una discriminación positiva a las personas trans que obligue a reservar un cupo de puestos de trabajo en las ofertas públicas de empleo. El porcentaje se tendrá que determinar en un estudio futuro sobre la población trans.

Asimismo, en el ámbito privado habrá incentivos fiscales para las empresas a la hora de contratar a este colectivo.

En el deporte, las personas trans deberán participar en las competiciones deportivas celebradas en España “en las categorías por sexo en caso de distinguirse”, así como usar las instalaciones deportivas correspondientes, como los vestuarios y baños, sin necesidad de presentar informe médico o psicológico alguno.

Lo mismo sucederá en centros de reclusión como las cárceles. Se les internará en los centros o módulos que respeten su identidad sexual manifestada “y no atendiendo al sexo asignado al nacer”. Tomándose, además, las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad física.