Siete discriminaciones que dejarán de serlo si se aprueba la primera ley estatal de derechos LGTBI
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El proyecto de ley pide la prohibición de las terapias de conversión, el fin del requisito para mujeres lesbianas de estar casadas para inscribir a sus bebés o la despatologización de la transexualidad
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Todos los partidos, salvo el PP, han dejado claro que apoyan una regulación de estas características y se han comprometido a introducir enmiendas para mejorarla
La primera ley estatal de derechos LGTBI ya se ha colado en el Congreso de los Diputados. Después de varios meses de negociación entre los partidos políticos y la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), el proyecto de ley ya ha sido presentado en la Comisión de Igualdad a la espera de saber qué formación la llevará a pleno.
Todos los partidos, salvo el PP, han dejado claro su apoyo a la norma, aunque pretenden presentar enmiendas. Aunque muchas comunidades ya tienen legislación específica al respecto, el objetivo es crear un marco general para “garantizar plenamente el derecho a la igualdad real y efectiva” y acabar con algunas discriminaciones que todavía sufren las personas LGTBI.
Las lesbianas deben casarse para inscribir a sus hijos e hijas
A las parejas de mujeres el Registro Civil les exige estar casadas para poder inscribir a sus bebés. Es un requisito que tienen que cumplir las lesbianas, pero no las parejas heterosexuales, en base al artículo 7.3 de la Ley de Reproducción Humana Asistida que habla de filiación –y también la ley de reforma del Registro Civil, que entró en vigor en octubre de 2015 y reproduce el mismo precepto–.
La ley de derechos LGTBI propone modificar dicho artículo, que establece que para que una mujer consienta la filiación de su hijo nacido de otro cónyuge debe estar “casada y no separada legalmente o de hecho con otra mujer”. El cambio incluye que también podrá hacerse si se mantiene una “relación de análoga afectividad” y aclara que ese consentimiento bastará para “la determinación de la filiación”, de modo que “ningún otro requisito será exigible a tal efecto”.
Camino a la despatologización de la transexualidad
Actualmente las personas trans precisan de un diagnóstico psiquiátrico para acceder a tratamientos hormonales, cirugías de reasignación o la modificación del sexo en los documentos oficiales. Para esto último, además, la ley establece el requisito de haber estado dos años en tratamiento médico para “acomodar sus características físicas a las correspondientes del sexo reclamado”.
Una filosofía que choca con el “principio de autodeterminación de género” que, en palabras de la abogada Charlo Alises, que ha participado en la redacción de la ley, “se constituye como uno de los principales pilares de la misma”. Y es que la norma que pretende impulsar la FELGTB elimina este tipo de requisitos, tal y como han hecho ya –al menos sobre el papel– algunas comunidades como Andalucía, Madrid o Valencia este mismo jueves.
De esta manera, la ley garantizará que las personas trans sean tratadas y nombradas de acuerdo a su sexo sentido, al igual que los menores, a los que la norma protege para que los centros educativos respeten su nombre y puedan usar los baños o vestuarios que les corresponden. En este sentido, colectivos como la Plataforma por los Derechos Trans han redactado leyes específicas despatologizantes, que formaciones como Unidos Podemos ya han anunciado que estudiarán.
Prohibición de las terapias de conversión
Se trata de intervenciones, normalmente de terapia psicológica, que pretenden cambiar la orientación sexual o identidad de género de una persona. La comunidad científica es prácticamente unánime al afirmar que este tipo de terapias de conversión tienen consecuencias como “depresión, ansiedad o tendencias suicidas” y concluyen que ni la homosexualidad ni la transexualidad se pueden tratar porque no son enfermedades.
Por ello, la ley LGTBI prohíbe las terapias “que pretendan revertir la orientación sexual o la identidad de género de la persona” y añade que será irrelevante “el consentimiento de esta misma persona o sus responsables legales”. La voluntad con la que algunas acceden a estos tratamientos es una de las puntas de lanza de grupos ultracatólicos como HazteOir para defender su existencia basándose en que rechazan su propia orientación sin nombrar la homofobia –tanto social como interiorizada–.
Fin de la cirugía genital a bebés intersexuales
La norma también prohíbe las intervenciones quirúrgicas a las que suelen ser sometidas los bebés intersexuales –personas que nacen con características sexuales que no encajan en la asignación tradicional de cuerpo femenino o masculino–, y que no atienden a razones relacionadas con la salud. El objetivo de la legislación es que estas personas “puedan otorgar su consentimiento informado” porque “hay que permitir que se desarrollen”, puntualiza el abogado Néstor Orejón.
“Desde los propios hospitales se plantea que es un problema y que hay que intervenir para remarcar o uno u otro sexo”, explica el también redactor de la ley de la FELGTB. Son cirugías que han sido denunciadas por varios organismos internacionales, entre ellos, la Organización Mundial de la Salud, que las califica de “violaciones de derechos humanos” y asegura que pueden tener consecuencias “de por vida sobre su salud física y mental”.
Que la educación en diversidad no dependa de la voluntad
Para Charo Alises, la educación afectivo sexual no ha sido introducida en los planes de estudio de manera transversal, y “este tipo de contenidos suelen depender en la mayoría de centros de la propia voluntariedad” del equipo directivo o del profesorado comprometido. Por ello, la ley contempla la puesta en marcha de un plan integral sobre educación y diversidad.
Entre las medidas que recoge incluye la formación a docentes y a familias, la implantación de contenidos sobre diversidad LGTBI en las asignaturas o el material didáctico, el desarrollo de acciones de sensibilización con las familias y la puesta en marcha de un protocolo específico dirigido a combatir los casos de acoso LGTBfóbico en los centros educativos.
La petición de “pruebas” a personas LGTBI que piden asilo
Según las organizaciones especializadas, las personas homosexuales, bisexuales o trans que huyen de sus países donde están perseguidos y criminalizados se encuentran con multitud de obstáculos que derivan en que buena parte de las peticiones de asilo sean rechazadas por las autoridades. Entre ellas, la petición de “pruebas” que “pueden socavar su dignidad”, según Alises.
Según algunos colectivos, el Gobierno ha denegado en ocasiones las peticiones bajo el argumento de que “pueden vivir en su país con discreción” y algunos testimonios revelan la dificultad de lograr el requisito que precisa el Ministerio del Interior: las pruebas. Por ello, el proyecto de ley establece que ser LGTBI y proceder de un país en el que se penalice “debe ser motivo suficiente” y pretende prohibir la exigencia de un medio de prueba “que pueda vulnerar los derechos fundamentales”.
Atención integral a víctimas de LGTBfobia
La iniciativa de la FELGTB reserva un apartado específico para detallar las medidas encaminadas a garantizar una atención integral a víctimas de homofobia o transfobia, que fue el motivo de 241 agresiones solo en Madrid el año pasado, tal y como ha contabilizado el colectivo Arcópoli. Además del acceso a una justicia gratuita, la norma contempla servicios sociales de atención y de apoyo a las víctimas, asesoramiento jurídico o atención psicológica.