¿Qué hacer si eres homosexual y te acosan en el trabajo?
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Lesbiana de mierda, te voy a hacer la vida imposible. La gente como tú me da asco, conmigo aquí no tienes nada que hacer. Estoy harto de ti, puta lesbiana, te voy a echar a la puta calle. Me da asco trabajar contigo, no te hago fija porque no quiero una lesbiana en mi tienda.
Por estos insultos, y el continuo trato vejatorio dispensado a su empleada, el responsable de un supermercado de la Gran Vía de Barcelona, ha sido condenado a 14 meses de prisión como autor de un delito contra la integridad moral -por el Juzgado de lo Penal nº 17 de la capital catalana- obligándole a indemnizar a la víctima con 5.000 euros en concepto de daños morales.
El acoso que ésta sufrió durante los seis meses que duró su contrato de trabajo, le provocó ansiedad, insomnio y estrés emocional. El condenado recurrió la sentencia y su recurso fue desestimado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona, mediante una resolución en la que este Tribunal afirmó:
La orientación sexual de la víctima debe ser respetada, lo que no hizo el acusado, quién menospreció a la víctima, poniendo de manifiesto lo que pensaba sobre su orientación sexual.
¿Qué puedes hacer si sufres acoso laboral por orientación sexual o por identidad de género?
En primer lugar, debemos tener presente que para poder acreditar el acoso laboral por orientación sexual o por identidad de género, es fundamental recopilar todas las pruebas posibles:
- Documentos escritos: correos, circulares, notas, encargos, órdenes de trabajo, cambios de puestos o de funciones.
- Conversaciones grabadas: se pueden utilizar en juicio siempre que el trabajador participe en ellas.
- Testigos: puedan declarar sobre los hechos, pueden ser compañeros, clientes, trabajadores de otras empresas que hayan presenciado los hechos.
- Fotografías de los hechos.
- Informes médicos y psicológicos: servirán para acreditar los daños que nos ha causado el acoso sufrido.
En estos casos, además de acreditar que hemos sufrido acoso laboral, debemos probar, que ese acoso ha venido motivado por nuestra orientación sexual o por nuestra identidad de género. En este sentido es fundamental aportar datos que avalen tal discriminación: si nuestra orientación sexual o identidad de género era conocida en la empresa, comentarios despectivos que hiciesen hacia el colectivo LGTB, la forma en la que nos trataban, si hubo insultos, de qué clase fueron…
Las vías que tenemos a nuestra disposición en casos de acoso laboral por orientación sexual e identidad de género, son:
La vía extrajudicial:
- Presentando denuncia ante la inspección de trabajo. A la denuncia adjuntaremos todas las pruebas de las que dispongamos. El inspector, investigará los hechos, sin indicar en ningún momento quién ha interpuesto la denuncia. Con lo que descubra, redactará un acta que nos servirá de prueba si iniciamos un procedimiento judicial. El inspector podrá requerir a la empresa para que cese el acoso y obligarla a tomar medidas para que el acoso termine, asimismo, podrá sancionar a la empresa, tanto por ser el origen del acoso, como por no haberlo evitado, como es su obligación.
- Ver si en el Convenio Colectivo existe un protocolo frente al acoso y en ese caso, activarlo.
- Poner los hechos en conocimiento del Comité de Seguridad y Salud de la empresa,para que se investiguen los hechos y se tomen las medidas necesarias. Funciona cuando el acoso proviene de otro trabajador, no por la empresa.
- Denunciar los hechos ante la dirección de la empresa: cuando el acoso no procede la misma empresa. La empresa tiene la obligación de evitar situaciones de acoso y velar por la salud de los trabajadores. No suele ser una medida efectiva.
La vía judicial:
- Ante la Jurisdicción Social se pueden interponer los siguientes procedimientos:
– Demanda por tutela de derechos fundamentales para la defensa de la dignidad de la persona acosada de forma que el Juez constate el acoso y obligue a su cese. Es un procedimiento urgente y preferente.
– Procedimiento para extinguir la relación laboral para pedir que se extinga tu relación laboral con la empresa debido al acoso y que se te reconozca la máxima indemnización, como si se tratara de un despido improcedente con la posibilidad de pedir prestación por desempleo.
-En los dos casos anteriores, se puede pedir a la empresa una indemnización por los daños y perjuicios que el acoso te haya causado. Habrá que cuantificar los daños y demostrarlos.
En estos procedimientos, se puede solicitar al Juez que exima a la persona acosada de la obligación de asistir al puesto de trabajo mientras se solventa el procedimiento pudiendo cobrar el salario mientras tanto. En estos casos hay que demandar tanto al acosador como a la empresa. En los procedimientos por acoso, la persona acosada deberá presentar indicios del acoso y la empresa tendrá que demostrar que el acoso no ha existido.
- Jurisdicción Penal
El acoso laboral por orientación sexual e identidad de género es un delito de odio que se debe denunciar. La denuncia puede hacerse de forma verbal o por escrito. Se puede presentar ante el Juzgado de Instrucción, el Juzgado de Paz del domicilio de la víctima, la Fiscalía para la Tutela Penal de la Igualdad y contra la Discriminación, la Comisaría de Policía de ámbito nacional, autonómico o local y el cuartel o dependencia de la Guardia Civil. En la denuncia haremos constar todos nuestros datos personales, relataremos lo sucedido, daremos todos los datos que conozcamos de la persona que nos acosa y aportaremos las pruebas que tengamos así como los datos personales de los testigos de los hechos.
- Jurisdicción Civil
Podemos presentar una demanda civil para pedir una indemnización por daños y perjuicios a quién nos haya acosado, si no es el empresario.
- Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Cuando se es funcionario público no se debe acudir a la vía laboral sino a la vía contenciosa. En la Administración Pública existe un protocolo contra el acoso para solicitar a los superiores jerárquicos que se acabe con esa situación. En el caso de que la Administración no actúe, existe la posibilidad de demandarla ante los Juzgados Contencioso-Administrativo, así como pedir una indemnización por daños y perjuicios.
Estos son los recursos con los que cuentas si eres víctima de acoso laboral por tu orientación sexual o por tu identidad de género. Utilízalos y defiende tus derechos. Has de saberlos. Y también que puedes y debes pedir apoyo, estás en tu derecho de no aceptar que otros te amedrenten en tu trabajo y carrera profesionalpor ser homosexual, bisexual o trans. Las organizaciones LGBT te pueden echar un cable si necesitas ayuda, y hay guías como la de la FELGTB que te pueden orientar más en profundidad.
No aguantes aquello que atenta contra tu dignidad, lucha por ti.