Levantado el veto judicial al autobús tránsfobo de Hazte Oír, que puede volver a circular
La Audiencia Provincial considera que los mensajes del autocar “son dudosamente delictivos”
La Audiencia Provincial de Madrid ha hablado: “Los mensajes del autobús, por desagradables y agresivos que puedan considerarse, son dudosamente delictivos”. Con este argumento, entre otros, los magistrados de la sección segunda han levantado el veto impuesto por el juzgado de Instrucción número 42 de Madrid al autobús tránsfobo de Hazte Oír, al que se le prohibió circular el pasado marzo tras lanzarse a la carretera con los mensajes “Los niños tienen pene, las niñas tienen vulva. Que no te engañen” y “Si naces hombre, eres hombre. Si eres mujer, seguirás siéndolo”. Tras esta decisión, la organización ultracatólica puede volver a fletar el autocar en España.
En un auto fechado el pasado 14 de julio, la Audiencia Provincial enmarca los lemas del autobús en un “debate —social, político, ideológico— de ideas” y subraya que “los delitos de odio son algo muy distinto a profesar y difundir una ideología, incluso por muy minoritaria que pudiera ser”. “Las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente, en especial cuando no se focalizan específicamente sobre ningún grupo determinado”, añaden los jueces, que exponen que, en ese contexto, este caso “no puede considerarse un atentado a la juventud y la infancia”.
De hecho, en esta línea, los magistrados se muestran aún más contundentes en otra parte de su auto. “Admitir la persecución de ideas que molestan a algunos o bastantes no es democrático y supone apoyar una visión sesgada del poder político como instrumento para imponer una filosofía que tiende a sustituir la antigua teocracia por una nueva ideocracia”, reza el escrito, donde comparan el autobús de Hazte Oír con el Tramabús fletado por Podemos: “Además de leyendas sobre la corrupción, este llevaba las figuras perfectamente identificables de políticos y algún periodista, que con independencia del juicio que cada uno pueda tener de ellos, tienen derecho a ver respetada su dignidad y presunción de inocencia. Y, sin embargo, ninguna autoridad impidió su circulación”.
El juzgado de instrucción número 42 de Madrid había prohibido que el autocar exhibiera estos lemas al considerar que formaban parte de una campaña dirigida a personas con una orientación sexual “distinta” para lesionar su “dignidad”. El magistrado destacó que “Hazte Oír no se limita a exponer el ideario que pueda tener respecto a la sexualidad. Sino que, extralimitándose de dicho ideario, parece dirigirse a las personas con una orientación distinta, negándosela y lesionando de esta manera su dignidad”. Una tesis que comparte el Ministerio Público, que defendió que se mantuviera el veto a este vehículo.
Pero la Audiencia Provincial lo ha rechazado: “La medida en cuestión, si tuvo alguna justificación en su momento, ha perdido ya su carácter de imprescindibilidad, pues el proceso penal está abierto y la situación de emergencia ha cesado”. “Ya no resulta necesario mantener la medida y existen serias dudas de que los hechos en que se apoya puedan ser considerado delitos”, remachan los jueces de este tribunal, que han considerado así el recurso presentado por la organización ultracatólica, que amparaba su petición en la “libertad ideológica, de religión y expresión”; y que aseguraba que estos mensajes no significan incitar al odio o humillar a nadie.