Una niña transexual de cuatro años cambia de nombre
Un Juzgado de Tolosa autoriza que la menor pase a llamarse Lucía
Lucía, una niña transexual de cuatro años, ha dejado de ser Luken a todos los efectos. Nació niño, pero ella se siente del género femenino, y en su pueblo, el pequeño municipio rural de Asteasu (Gipuzkoa), todos le conocen como Lucía. Un Juzgado de Tolosa acaba de autorizar el cambio de nombre y su inscripción como tal en el Registro Civil. Es el segundo caso que se da en el País Vasco, tras el aprobado en 2013 por un Juzgado de Vitoria.
El juez sostiene en su auto que existe un “motivo justificado” que acredita el cambio de nombre por la necesidad de “adecuar la realidad social de Luken a su realidad registral” y en que un informe médico certifica la disforia de género de la menor transexual.
La asociación de familias de menores transexuales Chrysallis Euskal Herria ha indicado en un comunicado que el Juzgado de Instrucción número 3 de Tolosa ha autorizado la petición de cambio de nombre para esta niña. “A Lucía sus padres le pusieron erróneamente un nombre masculino atendiendo a sus genitales, pero ella en el momento que pudo expresarse comenzó a manifestar que era una niña”, ha explicado la asociación.
Un informe médico o psicológico, en el que se ha basado la resolución judicial, acredita que a la menor le “ha sido diagnosticada una disforia de género”. El examen médico hace constar una “disonancia entre el sexo morfológico o género fisiológico inicialmente inscrito y la identidad de género sentida por el solicitante”. El juez también basa su decisión en el hecho de que a la niña se le conoce como Lucía en el colegio y en su pueblo.
Chrysallis asegura que en España hay unos “30 autos favorables al cambio de nombre para menores en situación de transexualidad, pero no existe un criterio común y la decisión queda en manos de cada juez”. Por ello, ha exigido que la legislación registral “prevea expresamente a los menores transexuales, para permitirles, tanto el cambio de nombre como la rectificación del sexo registral, para garantizar el respeto de los derechos fundamentales de estos menores”.