El cónyuge de un europeo homosexual puede residir en toda la UE
Dieciséis países de la Unión Europea reconocen el matrimonio homosexual y algunos otros instauraron una unión civil
El cónyuge de un ciudadano europeo tiene derecho a residir en el mismo país de la Unión Europea (UE) que su pareja, independientemente de si ese Estado reconoce el matrimonio homosexual, estimó este jueves el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
Una persona con una nacionalidad de fuera del bloque, según Melchior Wathelet, “puede también residir permanentemente en el territorio del Estado miembro en que su cónyuge se ha establecido en su condición de ciudadano” de la UE, indicó el alto tribunal en un comunicado.
El abogado general, cuya opinión suelen seguir los magistrados del TJUE en su fallo posterior, se pronuncia así sobre una cuestión planteada por el Tribunal Constitucional de Rumania antes de resolver una demanda interpuesta por un matrimonio de hombres rumano-estadounidense. Ambos, que se casaron en Bruselas en 2010, llevaron ante la justicia de este país del este de Europa la denegación de las autoridades rumanas de conceder el derecho de residencia al ciudadano estadounidense solicitado en 2012, al apuntar que no reconocen los matrimonios homosexuales.
En sus conclusiones, Wathelet estima la cuestión central no es la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo, “sino la libre circulación de los ciudadanos de la Unión”, que estipula el derecho del cónyuge de un europeo a vivir allí donde su pareja se haya instalado.
El abogado general considera además que la condición de “cónyuge” debe tener una interpretación “autónoma y uniforme” en todo el bloque y que el concepto, en virtud de la legislación sobre la libre circulación, debe considerarse “neutro desde el punto de vista del género” y del lugar del enlace. La cuestión de cónyuge también estaría vinculada a la “vida familiar”, que contaría con protección de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, estima Wathelet, para quien, vista la evolución de las sociedades, debe dejar de aplicarse la jurisprudencia del TJUE sobre la idea de matrimonio como “una unión entre personas de distinto sexo”.
Dieciséis países de la UE reconocen el matrimonio homosexual y algunos otros instauraron una unión civil, si bien la mayoría de países del este no autorizan ninguna de estas posibilidades. En Rumania, la homosexualidad se despenalizó a principios de los años 2000.