Carla Antonelli: ‘Con el nuevo Codigo Penal el Obispado de Cadiz incurre en un delito de odio que conlleva penas de prisión’
Tal y como os contábamos ayer en Ragap, Alex Salinas, un chico transexual de 21 años, católico practicante ha visto como el Obispado de Cádiz le negaba que pueda ejercer como padrino en la ceremonia de bautizo de su sobrino en una parroquia de San Fernando (Cádiz). Un tema que ha causado un gran revuelo mediático. El Observatorio contra la LGBTFobia y la Asociación de Transexuales de Andalucía-Sylvia Rivera, han elaborado sendos comunicados manifestando su repulsa y condena ante la actitud de la institución religiosa.
A estas críticas también se suma Carla Antonelli, activista transexual y Diputada del Partido Socialista en la Asamblea de Madrid quien recuerda que con la reforma del nuevo Código Penalen la mano el Obispado de Cádiz ha incurrido en un delito de odio, que conlleva penas de prisión de hasta dos años, tipificado en el artículo 510, donde por primera vez se especifica la identidad sexual y no solo la orientación de la víctima, quedando del siguiente modo en el punto 2-a:
2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses:
a) Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad…
Es por lo que, en opinión de Antonelli, ‘la Fiscalía debe de actuar de oficio contra el Obispado de Cádiz, ante la humillación y menosprecio a la dignidad de Alex Salinas, hombre transexual, al que le han impedido ser el padrino del bautismo de su sobrino, solo por el hecho de ser transexual. El artículo 510 del Código Penal no puede recoger de forma más clara y tácita que el Obispado ha incurrido en dicho delito’.
Como explica la Dipuatada socialista, ‘No existe dogma divino ni humano, ni derecho canónico que esté por encima del imperio de la Ley y el Estado Constitucional de Derecho, aunque una Jerarquía Católica, anclada en el Medievo aun así lo siga creyendo en España. El daño, humillación y escarnio gratuito que se le ha producido a Alex es un hecho punible donde la Fiscalía tiene que dar ejemplo y actuar de oficio, haciendo cumplir la Ley vigente 1/2015 del 30 de marzo que entró en vigor el pasado día 1 de julio, y tal como reza en la misma con la firma del Presidente del Gobierno y el Rey de España: “Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica”. Que así sea’, concluye Carla Antonelli.