Los transexuales vascos tendrán un documento con su nueva identidad antes del cambio en el Registro Civil
Euskadi es la primera comunidad que les permitirá ser tratadas según la identidad de género que elijan durante su proceso de asignación sexual
Euskadi da un paso al frente y reconocerá a las personas transexuales. Es la primera comunidad autónoma en la que podrán disponer de una documentación que les permita ser tratadas según la identidad de género que elijan durante su proceso de asignación sexual y hasta que se produzca la rectificación de su sexo en el Registro Civil.
El Gobierno vasco ha aprobado un decreto que regula la documentación administrativa que podrán utilizar hasta entonces estas personas en Euskadi, cuyo contenido ha sido presentado hoy en Bilbao, en un día «muy importante» por el colectivo ‘trans’ en su lucha contra «la discriminación» que padece. Así lo han puesto de manifiesto Sarai Montes y Ares Piñeiro, miembros del servicio de información, atención y asesoramiento a gays, lesbianas, bisexuales y transexuales del Gobierno vasco, Berdindu, que han acompañado al director del Política Familiar y Desarrollo Comunitario, José Luis Madrazo, en la presentación de la iniciativa.
Han explicado que desde que las personas transexuales empiezan el tratamiento hormonal transcurren como mínimo dos años hasta lograr la rectificación de su sexo en el Registro Civil. En ese espacio de tiempo se ven obligadas a dar explicaciones ante cualquier instancia por no corresponder su imagen con los datos contenidos en su DNI.
Según Sarai Montes, desde que el colectivo comenzó a demandar una «documentación transitoria» hasta el cambio registral, se ha efectuado una «labor titánica», por lo que ha considerado que «el logro» conseguido en Euskadi es como «haber subido a la punta del Everest».
La nueva regulación desarrolla la ley aprobada en el Parlamento vasco en junio de 2012 de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas ‘trans’. Esta norma recoge la posibilidad de que cuenten con documentación adecuada mientras dura el proceso de asignación de sexo.
José Luis Madrazo ha señalado que la ley vasca es posterior a la que reguló a nivel estatal en 2007 el cambio de la asignación de sexo en el Registro Civil y que su objetivo es promover una atención «integral» a la «compleja» situación de estas personas, más allá del ámbito meramente registral.
Las personas ‘trans’ inmigrantes también podrán utilizar esta documentación en el País Vasco hasta producirse el cambio registral en su país de origen.
Los integrantes de Berdindu han evidenciado que a partir de ahora no tendrán que dar explicaciones sobre su condición sexual y han deseado que la iniciativa contribuya a poner fin a «tanta discriminación».
Como ejemplo de las situaciones que padece el colectivo, han relatado un caso conocido por el servicio Berdindu relacionado con un niño transexual, que pese a vestir como un niño y tener nombre de niño, tiene problemas con una profesora, que se niega a tratarle como tal. «Ahora -han afirmado-, esa profesora, sí o sí, va a tener que respetar que ese niño es un niño y su nombre es el que es».