El Tribunal de Derechos Humanos de Europa falla en contra de la ley rusa que prohíbe la ‘propaganda gay’

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) decretó este martes que la ley rusa que prohíbe la promoción de la homosexualidad viola las normas de libertad de expresión de Europa y es discriminatoria con las personas homosexuales.

El estatuto federal ruso contra la homosexualidad se aprobó en 2013, aunque a nivel regional ya había normas similares desde 2003 y 2006. El fallo de Estrasburgo considera que esta norma, más conocida como ‘ley de propaganda gay’, “fue formulada y aplicada de forma discriminatoria y, sobre todo, no sirve a un bien común legítimo”.

“Además, al adoptar tales leyes, que prohíben la propaganda gay, las autoridades han aumentado el estigma y los prejuicios contra los homosexuales, algo que es incompatible con los valores de una sociedad democrática”, continúa la Corte de Derechos Humanos.

En Rusia está prohibido y penado desde 2013 el manifestarse de forma positiva sobre la homosexualidad en presencia de menores. El caso sobre el que se pronuncia ahora el Tribunal de Estrasburgo fue llevado a la justicia por tres demandantes, Nikolay Bayev, Aleksey Kiselev y Nikolay Alekseyev, de entre 37 y 47 años, que organizaron manifestaciones entre 2009 y 2012 en las que exhibieron pancartas que decían que “la homosexualidad es natural/normal y no una perversión”.

Su potencial exposición ante menores hizo que los tribunales rusos les condenaran por faltas administrativas. Sin embargo, la sentencia del TEDH recuerda que los lugares de las protestas, como el Ayuntamiento de San Petersburgo, “no están especialmente reservados a menores”, por lo que “cualquier lugar puede suponer una infracción”.

El Tribunal Constitucional ruso rechazó los recursos por el daño potencial de “crear una impresión deformada de la equivalencia social entre las relaciones conyugales tradicionales y no tradicionales”.

Pero Estrasburgo da la razón a los activistas y obliga al Estado ruso a indemnizarles con entre 8.000 y 20.000 euros por daños morales.

El fallo contó con el voto contrario del juez ruso, Dmytri Dedov, que lamentó en su opinión disidente que el Consejo de Europa favorezca las relaciones sexuales no tradicionales, “que afectan a menores y su inmadurez, las convicciones religiosas y filosóficas de los padres, las tradiciones nacionales o la maternidad”.