El Congreso permitirá a las personas transexuales cambiar legalmente el sexo y el nombre sin declararse enfermos

Manifestación Orgullo LGTBI de Valencia, 2016 / EFE

El Congreso de los Diputados albergará este martes uno de los debates que las personas trans llevan años esperando. Los grupos discutirán una propuesta del PSOE que pide eliminar  la concepción de la transexualidad como una enfermedad a la hora de acceder al cambio de nombre y sexo en los documentos oficiales. Además, propone acabar con la exclusión de los menores, las personas extranjeras con residencia e intersexuales, que no están reconocidas en la ley. Estas son algunas de las reivindicaciones que con mayor fuerza han enarbolado los colectivos LGTBI en la batalla que libran para lograr la despatologización de las identidades trans.

La proposición de ley socialista pretende introducir una modificación en la ley 3/2007 de 15 de marzo, que regula la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas. Así, apuesta por acabar con la obligación de que las personas trans pasen por un proceso en el que son obligados a declararse enfermos para acceder al cambio: según la norma actual, deben contar con un diagnóstico médico o psicológico que acredite que la persona que quiere modificar su nombre padece disforia de género y que ha sido tratada un mínimo de dos años “para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado”.

La nueva redacción –que cuenta a priori con el apoyo de Ciudadanos y el grupo confederal de Unidos Podemos, según han confirmado a eldiario.es, lo que vaticina que saldrá adelante– establece que la rectificación registral “no precisa de más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada del nombre propio y sexo registral con los que se siente identificado/a”. Algo que se expresará en una declaración que acredite su voluntad.

 

Además, específica que “el reconocimiento de la identidad sexual y/o expresión de género […] no se podrá condicionar, en ningún caso, a la acreditación de haberse sometido a ningún tipo de cirugías, a terapias hormonales o a tratamientos psicológicos, psiquiátricos o médicos de cualquier tipo”.

“Es algo que venimos reivindicando las personas trans desde hace mucho tiempo, por eso es muy importante. No se puede seguir pidiendo un diagnóstico de disforia de género para acceder al cambio registral porque no somos enfermos mentales. Que se nos reclame algo así es seguir negando nuestro derecho a la identidad”, dice Mané Fernández, portavoz de la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Bisexuales y Transexuales (FELGTB) y experto en políticas trans.

Por ello, el PSOE reconoce en su exposición de motivos que, aunque la ley de 2007 “supuso un hito”, existe la necesidad de reformarla “para superar de una vez por todas una legislación que conceptúa la identidad sexual y/o la expresión de género como una enfermedad, como un trastorno y como un problema individual”. El proyecto pide que, en vez desde un paradigma patologizante, las identidades trans sean enfocadas “desde la perspectiva de la diversidad de género”.

La libre autodeterminación del género

“Para que el Estado reconozca verdaderamente el derecho a la identidad de género y/o expresión de género autopercibida y libremente determinada por cada persona sin menoscabo de su dignidad se precisa una legislación que reconozca su derecho a rectificar la mención registral sin condicionamientos ni dependencias de asignación o acreditación por parte de terceros a través de los informes médicos hasta ahora exigidos”, prosigue la propuesta.

Los colectivos celebran el avance, pero apuestan por un marco más global. Así, esta reforma ya está incluida en la ley LGTBI (elaborada por la FELGTB y presentada por Unidos Podemos)  que se tramita en el Congreso de los Diputados  –con la abstención del PP– y que todavía está en periodo de enmiendas. También contempla este cambio la propuesta de Ley Trans estatal que ha redactado la Plataforma por los Derechos Trans y que Unidos Podemos se ha comprometido a registrar.

“La discriminación que sufrimos las personas trans no se combate solo con el cambio de nombre y sexo legal, esta viene determinada por la transfobia vigente en la legislación que no reconoce la autodeterminación, el derecho al propio cuerpo y las amplias expresiones de género posibles”, dice su presidenta, Mar Cambrollé. “Es una ley administrativa necesaria, pero la transexualidad debe de ser despatologizada en todos los ámbitos”. Por ejemplo, en algunas comunidades autónomas sigue siendo necesario este diagnóstico de disforia de género para acceder al tratamiento hormonal.

De hecho, varios organismos internacionales han reclamado que los Estados deben establecer sus políticas públicas respecto a las personas trans desde la óptica de la libre autodeterminación del género. El Consejo de Europa  adoptó en abril de 2015  una resolución que insta a los Estados a ” garantizar que las personas transexuales, incluidas las menores, no sean considerados como enfermos mentales”.

Extender el derecho

Esta es otra de las modificaciones que incorpora la PL socialista: eliminar la exclusión de los menores trans de la ley y permitirles que puedan acceder al cambio de nombre y de sexo para dejar atrás la arbitrariedad a la que están sujetos actualmente dependiendo del Registro Civil o del juez que les toque.

El proyecto considera que incluir a los menores es “inaplazable” para cumplir con el artículo 14 de la Constitución en lo que se refiere a la prohibición de la discriminación por razón de edad y otros artículos de la Carta Magna que el Tribunal Supremo estimó en 2016 que la ley podría estar vulnerando al vetar a los niños, niñas y adolescentes.

“Con la reforma introducida por la presente ley se reconoce de manera definitiva que los menores transexuales y/o trans tienen derecho a desarrollarse libremente durante su infancia y su adolescencia conforme a la identidad sexual y/o expresión de género sentida, poniendo fin a la inseguridad jurídica que se está generando para ellos por las resoluciones contradictorias que se están dictando”.

Los menores de edad podrán solicitar la modificación de la mención registral a través de sus progenitores o representantes legales. En caso de oposición entre uno y otro o de ambos respecto a la petición de su hijo o hija, se podrá solicitar a través del Ministerio Fiscal para que lo resuelva el juez “teniendo siempre en cuenta el interés superior del menor”.

Por último, la propuesta del PSOE también elimina otro de los requisitos que contempla la ley reguladora de la rectificación registral: el de la nacionalidad española. Este condicionante excluye a aquellas personas extranjeras que residen en nuestro país. Algo que ahora se corrige circunscribiendo esta posibilidad a las que cuenten con permiso de residencia ante “la insuficiencia” de dicha norma en relación a estas personas y “para evitar su discriminación”.